
El ayuno durante el mes de Ramadán es uno de los cinco pilares del Islam y constituye una obligación religiosa fundamental para todos los musulmanes. Sin embargo, Allah, en Su misericordia infinita, ha eximido a ciertos grupos de personas de esta obligación cuando ayunar podría causarles daño o dificultad extrema.
Comprender quiénes están exentos de ayunar en Ramadán, así como las condiciones y compensaciones requeridas, es esencial para cumplir adecuadamente con este pilar del Islam. A lo largo de este artículo exhaustivo, exploraremos las diferentes categorías de personas que no están obligadas a ayunar, basándonos en el Corán, los hadices auténticos y el consenso de los eruditos islámicos 🌙
El ayuno en Ramadán: fundamento coránico
Antes de detallar las exenciones, es importante recordar el mandato divino del ayuno. Allah dice en el Corán (2:183):
«¡Creyentes! Se os ha prescrito el ayuno, al igual que se les prescribió a los que os precedieron. Quizás así temáis a Allah»
Y en el versículo siguiente (Corán 2:184-185), Allah establece tanto la obligación como las exenciones:
«Son unos días determinados. Pero, quien de vosotros esté enfermo o de viaje y no ayune, deberá reponer posteriormente los días no ayunados. Y aquellos para quienes sea de gran dificultad (el ayuno) que, en compensación, den de comer a una persona necesitada»
Este versículo coránico establece el principio fundamental de la misericordia divina: Allah no desea dificultad para Sus siervos, sino facilitarles el cumplimiento de Sus mandatos.
Condiciones para que el ayuno sea obligatorio
Antes de enumerar las exenciones, debemos comprender las cinco condiciones que hacen obligatorio el ayuno. Una persona debe:
- Ser musulmana – Los no musulmanes no están obligados, y si se convierten al Islam no deben reponer ayunos previos a su conversión
- Ser responsable de sus actos (mukallaf) – Haber alcanzado la pubertad y poseer plenas facultades mentales
- Ser físicamente capaz de ayunar sin que cause daño grave
- Ser residente (no estar de viaje)
- No tener circunstancias específicas que impidan el ayuno (menstruación, puerperio, etc.)
Si falta alguna de estas condiciones, la persona está exenta del ayuno obligatorio.
Los niños y el ayuno: ¿a qué edad es obligatorio ayunar en Ramadán?
Una de las preguntas más frecuentes que recibimos es: ¿los niños hacen Ramadán? La respuesta es que el ayuno no es obligatorio para los niños que no han alcanzado la pubertad.
¿A partir de qué edad ayunan los niños?
El Profeta Muhammad (la paz y las bendiciones sean con él) dijo en un hadiz auténtico:
«Las plumas han sido levantadas para tres personas» (es decir, no se registran las obras de tres personas) y mencionó a los niños pequeños, hasta que alcancen la pubertad
Esto significa que los niños no están obligados a ayunar hasta que alcanzan la pubertad. El Sheij Muhammad ibn Salih al-Uzaimin (que Allah tenga piedad de él) explicó:
«Allah ha ordenado el ayuno a todos los musulmanes responsables que están capacitados para hacerlo. En cuanto a los niños pequeños que aún no han alcanzado la pubertad, el ayuno no es obligatorio para ellos»
¿Cuándo se debe comenzar a entrenar a los niños para el ayuno?
Aunque el ayuno no es obligatorio antes de la pubertad, se recomienda entrenar gradualmente a los niños para que se acostumbren y les sea más fácil cuando llegue la edad de la obligación.
Los eruditos han establecido diferentes edades para comenzar el entrenamiento:
- Al-Awza’i dijo: «Si es capaz de ayunar durante tres días consecutivos sin interrupción y sin debilitarse, entonces se le debe alentar a ayunar Ramadán»
- Ishaq opinó que cuando un niño alcanza la edad de 10-12 años se debe hacer que ayune para que se acostumbre
- Los padres deben detectar cuándo el niño está realmente capacitado físicamente, ya que algunos niños pueden rezar sin todavía estar listos para el ayuno
Los Compañeros del Profeta (que Allah esté complacido con ellos) hacían que sus hijos ayunaran cuando eran jóvenes. Se narra que daban juguetes a los niños más pequeños para distraerlos si lloraban de hambre.
El califa Umar ibn al-Jattab (que Allah esté complacido con él) le dijo a alguien en Ramadán: «¡Pobre de ti! Hasta nuestros niños ayunan…», mostrando que era práctica común entrenar a los niños.
Importante: no forzar a los niños
El Sheij Ibn Uzaimin advirtió:
«Si el ayuno es perjudicial para un niño pequeño porque es muy joven y su salud no es buena, no se le debe forzar a ayunar. Si Allah nos ha prohibido dar a los jóvenes su riqueza si existe el temor de que puedan abusar de ella, entonces es más apropiado que se les impida hacer algo si existe el temor de daño físico»
Las mujeres y las exenciones especiales del ayuno
Las mujeres tienen circunstancias biológicas específicas que les otorgan exenciones del ayuno, establecidas claramente en la Sunnah del Profeta.
Mujeres con menstruación o puerperio
Las mujeres que tienen su periodo menstrual o están en puerperio (sangrado postparto) NO deben ayunar. Esta es una prohibición absoluta, no una mera exención opcional.
El Profeta Muhammad (la paz y las bendiciones sean con él) dijo en un hadiz auténtico:
«La mujer no debe rezar ni ayunar cuando tiene su periodo menstrual»
Por lo tanto, esto significa que el ayuno y la oración de la mujer menstruante no son válidos como actos de culto, de acuerdo al consenso de los eruditos.
Importante: Cuando su periodo menstrual termine, la mujer musulmana debe reponer los días de ayuno pero NO las oraciones, de acuerdo al consenso de los eruditos.
Incluso si la menstruación o el puerperio comienzan en las últimas horas del día (antes de ponerse el sol), el ayuno de ese día se invalida y se debe recuperar.
Mujeres embarazadas y lactantes
Las mujeres embarazadas y lactantes tienen una exención especial cuando el ayuno puede dañarlas a ellas o a sus bebés.
El Profeta (la paz y las bendiciones sean con él) dijo en un hadiz narrado por Anas ibn Malik al-Ka’bi:
«Allah ha aliviado al viajero de la mitad de la oración y del ayuno, y ha aliviado a la mujer embarazada y a la que amamanta del ayuno»
Los eruditos sostienen que las mujeres embarazadas y que amamantan pueden romper su ayuno en Ramadán cuando:
- Crean que existe riesgo de que ellas o sus hijos puedan enfermarse
- Existe temor de que su condición empeore si ya están enfermas
- Pueden sufrir algún daño o su vida se ponga en riesgo
- La madre lactante teme no tener suficiente leche para el bebé
Diferencias en la compensación según el caso:
Caso 1: Si la madre embarazada o lactante no ayuna por temor a su propia salud:
- Debe reponer (compensar) los ayunos perdidos cuando pueda
- No debe pagar fidya
Caso 2: Si no ayuna solo por temor a dañar al feto o al bebé (pero ella está bien):
- Hay diferencia de opinión entre eruditos
- Algunos dicen que debe reponer los ayunos
- Otros dicen que debe pagar fidya (alimentar a un pobre por cada día)
- Algunos dicen que debe hacer ambas cosas
- Consultar con un erudito local para su caso específico
Personas enfermas: ¿cuándo está permitido no ayunar?
La enfermedad es una de las razones válidas para romper el ayuno, mencionada explícitamente en el Corán (2:185):
«Quien de vosotros esté enfermo o de viaje y no ayune, deberá reponer posteriormente los días no ayunados»
Tipos de enfermedad que permiten no ayunar
Ibn Qudamah explicó:
«Los eruditos sostienen que la persona enferma puede no ayunar en general. La base de esto es el versículo en el que Allah dice ‘Quien de ustedes estuviese enfermo o de viaje y no ayune, deberá reponer posteriormente los días no ayunados'»
No se refiere simplemente a estar enfermo, sino a cualquier situación en la que ayunar estando enfermo pueda provocar algún daño.
Categorías de enfermos:
- Enfermedad temporal (gripe, infección, etc.):
- Puede romper el ayuno
- Debe reponer (qada) los días perdidos cuando se recupere
- No paga fidya
- Enfermedad crónica o permanente (diabetes, insuficiencia renal, etc.):
- Puede no ayunar permanentemente
- NO repone los días (porque nunca podrá)
- Debe pagar fidya: alimentar a un pobre por cada día no ayunado
- Enfermedad mental (pérdida de facultades mentales):
- No está obligado a ayunar en absoluto
- No repone ni paga fidya
- Si recupera el sentido durante el día, debe ayunar el resto del día
¿Qué grado de daño justifica no ayunar?
Se trata del ayuno que produce un daño constatable y evidente a la salud física o mental de la persona. Por ejemplo:
- Cuando el médico de confianza, basado en evidencias, recomienda no ayunar
- Cuando el ayuno causa dolor severo
- Cuando demora efectivamente la recuperación durante la convalecencia
- Cuando agrava una enfermedad existente
- Cuando causa daño a órganos vitales
El consejo médico debe ser de un médico confiable que da este consejo por el bien de la salud del paciente.
Los viajeros y el ayuno en Ramadán
El viaje es otra de las razones explícitamente mencionadas en el Corán para romper el ayuno.
¿Qué se considera viaje largo?
Se considera viaje largo cuando la distancia de viaje es de al menos 83 kilómetros (aproximadamente 50 millas). Esta es la opinión mayoritaria de los eruditos.
Condiciones para que al viajero se le permita no ayunar:
- El viaje debe ser de al menos 83 kilómetros
- El viaje debe ser necesario o legítimo (no un viaje de desobediencia)
- El viaje debe prolongarse hasta el final del día
Importante: La persona que, estando aún en casa, comenzó a ayunar y luego emprendió un viaje durante el día, no puede romper el ayuno ese día.
¿Cuándo termina la concesión del viajero?
El viajero debe volver a ayunar cuando:
- Regresa a su casa e ingresa a su lugar de residencia
- Decide instalarse indefinidamente, o por un tiempo largo, en un lugar apto para instalarse
En ese momento se convierte en residente y debe realizar sus oraciones completas y ayunar en Ramadán, porque ya no se aplica la regla del viaje.
Compensación del ayuno del viajero
El viajero que rompe el ayuno debe reponer (qada) los días perdidos cuando termine su viaje y pueda ayunar. No paga fidya.
Los ancianos y personas de edad avanzada
Las personas de edad avanzada que no pueden ayunar debido a su debilidad tienen una disposición especial en el Corán.
Allah dice (Corán 2:184):
«Y aquellos para quienes sea de gran dificultad (el ayuno) que, en compensación, den de comer a una persona necesitada»
Ibn Abbas (que Dios esté complacido con él), comentando este versículo, dijo:
«Estamos hablando de personas de edad avanzada que no pueden ayunar y que, en compensación por cada ayuno perdido, deben alimentar a una persona necesitada con un mudd (aproximadamente 600-750 gramos) del principal producto nutricional de la zona»
Este hadiz se encuentra registrado en Sahih al-Bukhari (No. 4235).
¿Quiénes son los ancianos exentos?
Esta categoría incluye:
- Personas de edad muy avanzada cuya salud puede empeorar con el ayuno
- Personas extremadamente débiles debido a la vejez
- Aquellos que nunca podrán recuperar la capacidad de ayunar en el futuro
Estas personas:
- NO deben ayunar (puede ser perjudicial)
- NO reponen los días (porque nunca podrán)
- Deben pagar fidya por cada día no ayunado
Personas con pérdida del conocimiento
Quienes padezcan una pérdida del conocimiento o pérdida de la mente durante todo el día (desde el fajr hasta el maghrib) no están obligados a ayunar ese día.
Sin embargo: Si alguien que haya perdido el conocimiento o su mente recupera el sentido, aunque sea por un momento, durante el intervalo de luz del día, está obligado desde ese momento a ayunar hasta el final del día.
Si no lo hace, deberá compensar ese día cuando recupere completamente sus facultades.
Casos especiales: hambre y sed extremas
En casos de hambre o sed severas que pueden repercutir muy gravemente en el estado de la salud, se permite romper el ayuno.
Esta es una aplicación del principio islámico de darura (necesidad extrema), donde la preservación de la vida toma prioridad sobre otras obligaciones.
La persona que rompe el ayuno en esta situación debe reponerlo cuando pueda.
Compensación del ayuno: qada y fidya explicados
Existen dos formas de compensar los ayunos perdidos, dependiendo de la situación de cada persona.
Qada (قضاء): compensar ayunando
Qada significa reponer los días de ayuno perdidos ayunando el mismo número de días en otro momento.
Deben hacer qada:
- Viajeros que rompieron el ayuno
- Enfermos temporales que se recuperaron
- Mujeres que no ayunaron por menstruación o puerperio
- Mujeres embarazadas/lactantes (según opinión mayoritaria)
Plazo para el qada:
La mayoría de los eruditos establece que se debe compensar antes de que llegue el próximo Ramadán.
Aisha (que Allah esté complacido con ella) narró:
«Yo solía deber ayunos de Ramadán, pero no podía compensarlos sino hasta Sha’ban (el mes anterior a Ramadán) dada mi responsabilidad con el Profeta»
Si se retrasa la compensación hasta que llegue el próximo Ramadán:
- Con excusa válida (enfermedad, embarazo, etc.): solo debe compensar los días, sin fidya adicional
- Sin excusa válida: debe compensar los días Y pagar fidya por cada día (alimentar a un pobre), según la narración de Ibn Abbas, Ibn Umar y Abu Huraira
Fidya (فدية): alimentar a los pobres
Fidya es una donación de alimento o dinero que se paga para compensar los ayunos perdidos cuando no es posible reponerlos ayunando.
Deben pagar fidya (sin ayunar):
- Ancianos que no pueden ayunar
- Personas con enfermedades crónicas permanentes
- Personas que nunca recuperarán la capacidad de ayunar
Cantidad de la fidya:
Por cada día de ayuno perdido, se debe alimentar a una persona pobre con:
- Dos comidas completas, O
- Medio sa’ (aprox. 1,5 kg) de alimento básico como trigo, arroz o dátiles, O
- El equivalente en dinero del costo de dos comidas en la región (varía según el país, generalmente 5-7 euros por día en España)
Ibn Abbas explicó que la cantidad es un mudd (600-750 gramos) del principal producto nutricional de la zona por cada día.
¿Cuándo pagar la fidya?
Lo ideal es pagar la fidya durante el mes de Ramadán o inmediatamente después. Algunos eruditos permiten:
- Pagarla día a día durante Ramadán
- Pagarla toda junta al final de Ramadán
- Pagarla cuando sea capaz (si hay dificultad económica)
Sin embargo, no se debe retrasar innecesariamente sin razón válida.
¿A quién se entrega la fidya?
La fidya se entrega a personas pobres y necesitadas que cumplan los requisitos para recibir zakat. Se puede:
- Dar toda la fidya a una persona pobre, O
- Distribuirla entre varias personas pobres
- Donarla a través de organizaciones benéficas islámicas confiables que distribuyan alimentos a los necesitados
Diferencia entre fidya y kaffarah
Es importante no confundir fidya con kaffarah:
| Concepto | Fidya | Kaffarah |
|---|---|---|
| Razón | No ayunar por razón VÁLIDA y no poder compensar | Romper el ayuno DELIBERADAMENTE sin razón válida |
| Cantidad | Alimentar a 1 persona por día | Alimentar a 60 personas por día, O ayunar 60 días consecutivos |
| Ejemplos | Anciano débil, enfermo crónico | Comer/beber intencionalmente, relaciones sexuales durante el día de Ramadán |





















