
Ainhoa Manero es una de las abogadas de extranjería más relevantes del momento en España. Dirige con una gran profesionalidad y dedicación STERNA ABOGADOS, un despacho líder en tramitaciones de nacionalidad situado en pleno corazón de Madrid, en la calle Orense. Por él pasan cada semana cientos de personas que quieren regularizar su situación, constituir un negocio o poner en marcha un proyecto. Mundo Islam entrevista a esta letrada que ofrece algunas recomendaciones que pueden ser de gran utilidad para nuestros lectores.
¿Cuándo y por qué decide especializarse en inmigración?
Llevamos seis o siete años especializados en inmigración. No era algo que pensaba desde los comienzos. Estudié derecho en ICADE y, al principio, pensaba que me iba a dedicar a ser abogado de empresa como otros tantos compañeros. Pero me fui a Estados Unidos a hacer un máster y allí me di cuenta de la importancia que tenía un abogado de inmigración. Me tuve que plantear si me quedaba o me marchaba, si buscaba trabajo allí o montaba un negocio. Y lo primero que hice fue consultar un abogado de inmigración. Decidí no quedarme y regresé a España. Pensé: “igual que yo he estado en esta situación (en Estados Unidos) habrá gente que también venga a España y le surjan dudas”. Me di cuenta de que no había muchos despachos especializados en inmigración y de que existían muchos abogados generalistas que además llevaban inmigración. Sin embargo, el derecho migratorio implica que hay que estar muy al día y aunque la ley es general, las circunstancias son particulares. Hay que estar siempre al día tanto para saber los criterios que se están aplicando como para poder consultar a la administración de forma directa.
Tras su experiencia en Estados Unidos decides poner en marcha Sterna Abogados, una firma especializada en necesidades migratorias. ¿Exactamente en qué ámbitos trabaja su despacho?
Nos dedicamos a la inmigración en todas sus ramas. El derecho migratorio difiere mucho dependiendo de la situación del extranjero. Nosotros trabajamos con diferentes ramas. Una de ellas se centra en personas que quizás no están especialmente cualificadas pero llevan tiempo en España. También tenemos la rama de los estudiantes que vienen a nuestro despacho para ver cómo se pueden quedar ya que, o tienen una oferta de trabajo o quieren realmente quedarse. En cualquiera de estos casos, ellos tienen que hacer trámites de cara a la administración. Y también tenemos clientes que vienen directamente a España para trabajar, por ejemplo, como directivos de empresas. Por lo tanto, desde Sterna Abogados realmente trabajamos con sectores muy distintos lo que nos obliga a estar muy especializados.
La relación que tiene Sterna Abogados con el mundo árabe tiene que ser muy estrecha. ¿No es así?
Así es. España gusta mucho al mundo árabe. Entre nuestros clientes hay muchos que han venido aquí desde pequeñitos (algunos tienen incluso la nacionalidad) y quieren traer a alguien a nuestro país. Hay otros que quieren venir aquí a trabajar o estudiar. Me gusta mucho el mundo árabe porque es muy activo, preguntan mucho y quieren estar bien informados.
¿Cuáles son las cuestiones fundamentales que debemos tener en cuenta para obtener la residencia en España si hemos llegado en calidad de turistas?
Son muy pocos los permisos que se pueden solicitar estando en España en estatus de turista. Alguien que está aquí como turista puede pedir una Golden Visa, es decir, una inversión de 500.000 euros. Sin embargo, si estás aquí como turista no puede pedir desde España un permiso de trabajo normal y corriente para trabajar, por ejemplo, como camarero en un bar. Todo lo que podamos pedir desde España me gusta muchísimo porque los consulados, a veces, ponen muchos problemas. Si podemos evitar los consulados mejor pero no siempre es viable. Esto lo establece la Ley. Desde España se puede pedir ahora mismo la residencia por familiar comunitario (si somos familia directa de un español o europeo), como estudiante (ahora desde octubre) y como inversores (las Golden Visa). Ahora es muy interesante la residencia para recién graduados de universidad o máster (en los dos últimos años). No tienen por qué haber cursado sus estudios en España. Si han entrado aquí como turistas pueden pedir la residencia, si tienen un contrato de trabajo. Esta opción es nueva y está muy bien para traer talento a España. También pueden pedir la residencia los altamente cualificados. A España le interesa traer este tipo de gente. En cualquier caso, si vamos a solicitar la residencia desde el consulado podemos hacerlo pero tendríamos que trabajarlo un poco más.
¿Qué problemas podemos tener para renovar nuestra residencia si nos hemos quedado sin trabajo?
Tenemos que ver qué permiso de residencia tenemos para comprobar qué pedimos en la renovación. Por ejemplo, si tenemos un permiso de trabajo por cuenta ajena para ser empleado, sabemos que la primera vez que renovamos será por un año, luego dos, luego otros dos y por último el permiso de larga duración que es la permanente. La Ley te pide trabajar seis meses por año si en el momento de la renovación tenemos trabajo. Si no tenemos contrato de trabajo en el momento de la renovación, tenemos que haber trabajado nueve meses por año. SI es así, te van a renovar. Entienden que has podido estar nueve meses trabajando y de repente nos quedamos sin trabajo. Si hemos trabajado seis meses al año, tenemos que encontrar un empleo en el momento de la renovación. Si solo hemos trabajado tres, aparte de tener un contrato en el momento de la renovación, tenemos que hacer un informe especial en el que van a estudiar por qué no hemos encontrado trabajo. Es lo que llaman esfuerzo de integración. A través de esto quieren ver que hemos hecho todo lo posible para encontrar trabajo.
¿Y en el caso de que estemos casados con un español o una española?
En ese caso no nos van a pedir todo esto. Con que sigamos casados y nuestro cónyugue esté trabajando, todo bien. Si nos hemos divorciado, habrá que ver si lo hemos hecho antes o después de tres años. Si nos hemos divorciado antes de los tres años, tenemos que hacer un trámite de inmigración, no hay que olvidarse. Tendremos que probar que tenemos medios económicos, que estamos trabajando o vamos a empezar a hacerlo. Si nos hemos divorciado después de los tres años no pasa nada. Seguimos con nuestra tarjeta pero a los cinco, cuando nos toque renovar, tenemos que probar que tenemos medios económicos.
En cualquier caso, cuánta más información se pueda aportar mejor, ¿no es así?
Lo bueno es saber toda la información para hacer un plan. Ese es el valor de nuestro trabajo. Nosotros lo que hacemos es hacer un plan para que nuestros clientes no pierdan la residencia dentro de los medios que ellos tengan. No hay que descartar posibilidades y podría ser interesante en determinados casos hacerse autónomo.
¿En qué momento podemos solicitar la residencia por arraigo social y qué tipo de pruebas podemos aportar?
El arraigo social a veces provoca confusiones. El requisito número uno para pedirlo es llevar tres años en España sin haber salido más de 120 días. Si hemos salido más de estos 120 nos lo van a denegar. Este es un punto muy importante. El segundo punto a tener en cuenta es tener un contrato de trabajo. Debemos tener una empresa que nos quiera contratar y esta empresa tiene que estar al día con Hacienda y la Seguridad Social, así como demostrar que tiene cierta actividad. Lo importante es percibir el salario mínimo profesional. La otra opción es montar un plan de negocio pero hay que saber que en España son duros. Nosotros hacemos muchos de estos planes para personas ‘freelance’ y sociedades. La administración quiere ver todo muy palpable y no son nada flexibles.
Sterna Abogados es la firma líder en tramitaciones de nacionalidad. ¿Realmente es tan complicado obtener la nacionalidad en España como muchas personas piensan?
La nacionalidad tiene sus requisitos. Es importante ver los requisitos de tiempo de residencia ya que cambian según tu nacionalidad de origen. No es lo mismo ser de un país latinoamericano o alguna de las antiguas colonias (como Filipinas) que ser originario de Marruecos. En el primer caso nos piden dos años. Para una persona originaria de Marruecos pedirían diez años. Sin embargo, estos requisitos de tiempo pueden variar si hemos nacido en España o hemos estado casados con un español (un año). En 10 años nos pueden pasar muchas cosas. Los antecedentes penales son algo que tenemos que cuidar especialmente pero también como ha ido tu vida laboral. Van a estudiar todo esto para valorar nuestra integración. Lo más relevante es saber bien los requisitos y hacer bien las cosas. Hay gente a la que deniegan la nacionalidad por antecedentes penales o policiales que podían haber cancelado. Mi consejo es que el abogado de inmigración esté coordinado con cualquier otro letrado.
¿Qué recomendaciones haría a una persona que quiere solicitar la nacionalidad por residencia?
Primero que nunca vengan como estudiantes si pueden porque el tiempo como estudiantes no cuenta para la nacionalidad. Sería conveniente valorar otras posibilidades antes que pedir el visado como estudiante como solicitar una “no lucrativa” ya que permite la residencia desde el comienzo y permite estudiar.
El segundo de los consejos está enfocado al tema de los impuestos. Aunque un gestor nos recomiende una estrategia para pagar los menos impuestos posibles, si queremos conseguir la nacionalidad, quizás no sea lo más adecuado.
Y la tercera recomendación que yo suelo hacer es “cuidado con las salidas de España”. Tres meses máximo.
¿Cuáles son las principales dudas que suelen tener vuestros clientes que proceden de Marruecos o Argelia?
Realmente son las dudas que nos estáis planteando. Una cosa que me gusta mucho de este tipo de público es que son muy emprendedores. Nos preguntan mucho cómo montar un negocio y cuáles son los requisitos que tienen que llevar a cabo para ponerlo en marcha.
¿Y el público de Oriente Medio? ¿Tienen las mismas dudas?
Ellos también son personas muy dinámicas pero lo primero que quieren es establecerse en España como sea. No hay que olvidar que muchos de ellos vienen a nuestro país porque tienen problemas en sus países de origen. Les recomendamos normalmente venir con una “no lucrativa” (de medios económicos). También quieren saber cómo montar negocios de importación y exportación.
¿Cómo se prepara ese examen de nacionalidad? ¿Qué recomendaciones haría?
El examen de conocimiento es un examen que da miedo pero que me gusta muchísimo más que cuando no había examen. Antes era el juez que te sometía a una serie de preguntas que dependiendo del juez que te tocara eran más fáciles o más complicadas. Ahora me da muchísima seguridad porque tenemos todas las preguntas y todas las respuestas, un total de 300. Van a elegir 25 preguntas tipo test y tenemos que aceptar 15. Si preparas ese examen, puedes aprobar. No tengo ningún cliente que no lo haya superado, de hecho, nosotros ayudamos a preparar este tipo de exámenes. Sin embargo, lo que veo más importante es preparar bien el español. Pero cuidado con las dispensas. Si hemos estudiado la ESO en España no hace falta hacer este examen, lo que está muy bien.
¿Desde Sterna Abogados se trabaja mucho con las convalidaciones de documentos como puede ser actas de matrimonio?
Llevamos muchos aquí. La administración deniega muchos matrimonios alegando que no pueden ponerse a valorar si ese matrimonio es real o no lo es. Pueden valorar el documento si es válido o no. La realidad es que hay muchas cosas recurribles. La administración está habituada a hacer las cosas mal pero los jueces, en muchas ocasiones, consideran que sus decisiones no son válidas.
Si no tenemos la residencia legal en España y por alguna circunstancia nos identifica la Policía y nos detiene, ¿hasta qué punto pueden expulsarnos?
Es un procedimiento que no significa la expulsión al día siguiente pero tiene unos tiempos. Siempre uno tendrá acceso a un abogado privado o de oficio pero hay que seguir los plazos de alegaciones. Allí son muy importantes nuestras circunstancias. Cuanto menos arraigo tengamos en España más posibilidades tendremos para que nos expulsen.
¿Quién puede pedir asilo político en España y en qué contexto pueden solicitarlo?
El problema del asilo político es que requiere una persecución particular hacia una persona concreta. Hay que probar bien esa persecución particular. También hay opciones de solicitarlo porque nuestro país esté en guerra. En ese caso tendremos que probar que en la zona en la que nos encontramos está en guerra. Por un lado son estrictos con el asilo pero también son flexibles porque son conscientes de que muchas personan salen de sus países de una manera precipitada. De todas maneras el asilo es una opción que hay que estudiar pero hay otras opciones. No hay que olvidar que cuando te otorgan el asilo no puedes viajar a ningún sitio.
Para terminar, ¿qué comparativa hace de la legislación migratoria de España en relación con la del resto de países de Europa?
España tiene una de las legislaciones más flexibles y que más posibilidades ofrece de toda Europa. Nos ofrece un gran número de vías posibles para regularizar nuestra situación e incluso para obtener la nacionalidad española.