El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia que absolvió a doce miembros del colectivo neonazi Hogar Social acusados de incitación al odio y desórdenes públicos por un ataque a la mezquita de la M-30 madrileña en marzo de 2016, señala el diario El Mundo.
En una sentencia el TSJM desestimó el recurso de la Fiscalía contra la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que absolvió a los acusados al no ver probado que incurriesen en dichos delitos.
El TSJM recuerda que la Audiencia declaró probado que el 22 de marzo de 2016 se produjeron sendos atentados en el aeropuerto Zaventem y en la estación de Metro del Barrio Europeo de Bruselas (Bélgica) reivindicados por la organización terrorista Daesh, que causaron treinta muertos y más de doscientos heridos.
Añade que sobre las siete y cuarto de la tarde de ese mismo día la acusada M.R.R, como portavoz de Hogar Social Madrid, y otros siete acusados se personaron en la pasarela peatonal que cruza la M-30 desde la calle de Brasilia hasta la mezquita, donde colgaron una pancarta en la que se leía «HOY BRUSELAS ¿MAÑANA MADRID?».
La pancarta incluía la imagen de una mezquita con cierta semejanza a la de Santa Sofía de Estambul (Turquía) en un círculo rojo y tachada en diagonal imitando una señal de prohibición.
La sentencia agrega que activaron dos botes de humo junto a la pancarta que causaron una humareda que grabaron, imágenes que publicaron ese mismo día en la cuenta de Twitter de Hogar Social Madrid con el comunicado «Acción realizada contra el islamismo radical en la mezquita de la M-30”.
Al día siguiente publicaron un comunicado en el que señalaban que «se trataba de un centro de financiación wahabita donde se adoctrina y se organizan grupos salafistas proclives a alistarse en las finales del Daesh».
En el mismo explicaban que se basaban en «informes policiales publicados en la prensa que demuestran la cobertura económica desde dicho centro religioso mediante la imposición de un impuesto revolucionario para el pago de viajes hasta Siria para aquellos terroristas captados y formados en el mismo».
La sentencia de la Audiencia, avalada ahora por el TSJM, señala que los ocho acusados que participaron en la protesta «no entraron» en la mezquita de la M-30 «ni lanzaron botes de humo a su interior, marchándose sin proferir amenazas e insultos contra los musulmanes» sin que se produjeran daños personales ni materiales.