La muerte de un ser querido es para las familias islámicas en Extremadura un drama que va mucho más allá del duelo, pues la ausencia de un cementerio musulmán en la comunidad autónoma les obliga a realizar un largo y costoso viaje para que los restos de la persona fallecida puedan descansar.
Estos traslados tienen como destino principalmente Madrid o Marruecos, explica el imán de Badajoz, Adel Najjar, quien reivindicó nuevamente un cementerio en la capital pacense para que los musulmanes puedan enterrar allí a sus fallecidos.
Cuando perece una persona, la comunidad islámica extremeña ayuda a la familia en las labores para preparar el cuerpo y realizar el rezo correspondiente, en coordinación con la funeraria, que es la encargada de trasladar al fallecido.
En el caso de las familias musulmanas extremeñas de origen no marroquí, este traslado se produce habitualmente al cementerio islámico de Griñón, en la Comunidad de Madrid. Con respecto a las familias marroquíes, lo habitual es el traslado al país alauita, pues ya que no es posible su entierro en Extremadura prefieren que los restos reposen en su lugar de origen, a pesar del «elevado coste» de tiempo y dinero que ello supone. Adel Najjar recordó por ejemplo el reciente caso de un motorista fallecido en Sagrajas, cuya familia desearía haberlo enterrado en Badajoz, pero tuvo que trasladar sus restos a Marruecos.
Un viaje hasta Agadir, en el sur de Marruecos, costoso y complicado no solo por la distancia de más de 1.200 kilómetros desde Extremadura, sino también por los múltiples trámites realizados.
El imán de Badajoz dijo no entender la postura del Ayuntamiento de Badajoz en este sentido, por los impedimentos que alega. «Quizá el Consistorio debería llamar a ayuntamientos como el de Zamora, donde es posible ceder parcelas en el cementerio a los ciudadanos musulmanes, y preguntarles cómo lo han hecho», ha afirmado.
Recientemente la concejala de Cementerios del Ayuntamiento de Badajoz, Paloma Morcillo, aseguró que es responsabilidad de la Junta de Extremadura cambiar la legislación mortuoria para los enterramientos por el rito islámico, puesto que en su artículo 54 prohíbe que se lleve a cabo sin el correspondiente féretro por problemas de contaminación y por los procedimientos que tienen.